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PREGUNTAS FRECUENTES

Instaladores matriculados de primera categoría: ¿Cuál es el alcance de la matrícula?
Habilita al Instalador Matriculado a ejecutar cualquier tipo de instalaciones domésticas domiciliarias, comerciales o industriales, en todo el territorio del país, ya sea gas distribuido por redes o envasado y se otorgará únicamente a egresados de universidades nacionales o aquellas reconocidas oficialmente, con título de ingeniero o arquitecto, a maestros mayores de obras, como así también a todos los egresados de escuelas nacionales de educación técnica u otras oficialmente reconocida, cuyos estudios comprendan proyectos de instalaciones para circulación de fluidos.
Instaladores matriculados de SEGUNDA categoría: ¿Cuál es el alcance de la matrícula?
Habilita al Instalador Matriculado a ejecutar cualquier tipo de instalaciones domésticas domiciliarias, comerciales o industriales, en todo el territorio del país, ya sea gas distribuido por redes o envasado y siempre que las tomas correspondan a artefactos cuyo consumo individual no exceda a 50.000 Kcal/h y la Obra Interna no supere los 200 mm de columna de agua y en casos de gas licuado cuando las instalaciones fueran alimentadas por tanques a granel.
Instaladores matriculados de TERCERA categoría: ¿Cuál es el alcance de la matrícula?
Habilita al Instalador Matriculado a ejecutar instalaciones domésticas, en viviendas unifamiliares, cuyo consumo total no exceda los 5 m3/h de gas natural suministrado por redes a presión menor de 4 Kg/cm2 y para instalaciones de gas envasado limitadas solo a un solo equipo de dos cilindros. Serán autorizados con esta matrícula aquellos instaladores que mediante examen teórico y práctico, luego del curso de capacitación correspondiente, demuestren conocimiento suficiente para esta categoría.
¿Cuál es la vigencia de la matrícula del instalador?
La vigencia de la matrícula es anual y vence el 31 de marzo del año siguiente. Pasado ese período podrá abonarse con el recargo correspondiente al mes que se efectúe.