Compensación por denuncia de conexión clandestina - Términos y condiciones - ACEPTACIÓN.

Tomo conocimiento y acepto que el otorgamiento de una recompensa por formulación de denuncia de conexión clandestina está sujeto a los siguientes términos y condiciones:

• La denuncia no podrá ser anónima. El denunciante deberá prestar colaboración y asimismo responder todo pedido de información adicional que le sea requerido por ECOGAS a los fines de poder determinar la procedencia de la denuncia formulada. El denunciante autoriza a ECOGAS a contactarlo telefónicamente o por otro medio a fin de procurar los detalles y precisiones que ECOGAS juzgue necesarios para corroborar el contenido de la denuncia e identificar la ubicación precisa de la conexión clandestina.

• Conexión clandestina se denomina a las conexiones irregulares que permiten el consumo de gas natural sin su debida registración a través de un medidor. Se trata de conexiones irregulares realizadas al sistema de distribución de gas natural por redes, que incluyen entre otras: conexiones ocultas, adulteración de equipos de medición, incorrecta instalación del equipo de medición, conexión directa sin medidor.

• El denunciante será informado por ECOGAS del éxito o fracaso de la denuncia. Únicamente en el caso de una confirmación de la existencia de la conexión clandestina que resultare detectada a partir de la denuncia, el denunciante tendrá derecho al cobro de una recompensa. Es requisito excluyente para habilitar el derecho al cobro de la recompensa, que el denunciante no tenga vinculación con el hecho denunciado, ni como autor de la conexión ni como usuario del suministro irregularmente consumido.

• En el caso de que hubieren ingresado a ECOGAS más de una denuncia referida a la misma instalación clandestina, la recompensa (de corresponder) será reconocida a favor del primero que la hubiera formulado, conforme registros de ingreso de denuncias de ECOGAS que acepto como válidos y renuncio a cuestionarlos.

• La recompensa por denuncia de conexión clandestina exitosamente corroborada consistirá en un crédito por los siguientes importes:

• La clasificación de los usuarios en residencial, comercial e Industrial se realizará conforme a la categoría tarifaria que registre al momento de la denuncia. Se considera Industria a los clientes GU, SGG, SGPT y P3.2. Serán considerados comercios los clientes categorizados como P1, P2 y P3.1.

• El importe que resulte será acreditado en la factura de consumo de gas natural de la cuenta a nombre del denunciante o de un tercero expresamente indicado por el denunciante. Dicho crédito se aplicará sobre todos los conceptos facturados en la Liquidación de Servicio Público.

• Si el monto a bonificar fuese mayor al importe de la factura siguiente a la resolución exitosa del caso denunciado, la cuenta quedará con saldo a favor igual al excedente, y dicho saldo será aplicado como crédito en la factura del período inmediato posterior.

• En cuanto a las denuncias exitosas de conexiones clandestinas en Industrias y Estaciones de Servicio que expendan GNC, el pago de la recompensa se realizará vía transferencia bancaria. El denunciante deberá presentarse en la oficina de ECOGAS más cercana a su domicilio, acreditando identidad con su DNI, a los fines de tramitar la instrumentación de dicha transferencia.

• Si el denunciante no fuere titular del servicio y/o de una cuenta de consumo en ECOGAS, podrá instituir como beneficiario de la recompensa a cualquier otra persona física que sea titular de suministro, para lo que deberá informar vía e-mail al correo conexionesirregulares@ecogas.com.ar la cuenta beneficiaria del mismo.

• El pago de la recompensa será realizado previa evaluación e informe del área de Gas Natural No Contabilizado de la Gerencia de Operaciones Comerciales de ECOGAS, sobre el mérito de la información aportada a los efectos de la efectiva identificación de una conexión clandestina.

• El otorgamiento de la recompensa por formulación de denuncia de conexión clandestina no será aplicable respecto de las denuncias e informes que realice el personal de Ecogas, así como proveedores de Ecogas o personal de empresas proveedoras de Ecogas.

• La evaluación a realizar por cada denuncia comprenderá: un análisis de consumos de la cuenta (en caso de que el denunciado sea cliente de ECOGAS) inspección in situ del gabinete y las inmediaciones, y pruebas sobre el medidor. En caso de una denuncia de conexión directa subterránea, se solicitará al denunciante que brinde datos específicos que permitan su correcta ubicación.

• Cualquier duda que pudiere surgir en la aplicación de las presentes condiciones será resuelta en forma definitiva e inapelable por ECOGAS.

• La presente promoción estará vigente desde 28/07/2023 hasta 31/12/2023.

• ECOGAS podrá realizar modificaciones a los términos y condiciones de la promoción cuando lo considere pertinente.


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