Es un monto aplicado a cada factura independiente del nivel de consumo del usuario, aprobado por el ENARGAS, que contribuye a solventar parte de los costos operativos y la amortización de las inversiones en que incurre la empresa para llevar a cabo la prestación del servicio.
El ENARGAS mediante la Resolución N° 2700/03, autorizó a esta Distribuidora a trasladar a las tarifas el Impuesto Ley 25413, Dec. Reglamentario 380/01, Correspondiente a Débitos y Créditos Bancarios, con vigencia a partir del 03/04/01. El valor a debitar al Cliente no resulta de una alícuota fija, sino que resulta de la determinación del total del débito percibido por esta Distribuidora en el periodo y distribuido proporcionalmente conforme al monto de la factura de los Clientes.
Se ordena mediante Resol. Enargas 658 del año 1998, la inclusión en factura, con el con el objetivo de transparentar las cargas impositivas contenidas en las tarifas respecto de los componentes regulados. La metodología se encuentra reglamentada en las Reglas Básicas de la Licencia cap. IX. IMPUESTO SOBRE LOS I.I.BB. TRANSPORTE: Incorpora la incidencia tarifaria del cargo por impuesto a los Ingresos Brutos que afecta a la Transportadora. Se calcula aplicando el cargo vigente por los metros cúbicos consumidos convertidos a 9.300 Kcal. IMPUESTO S LOS I.I.B.B. DISTRIBUCION: Incorpora la incidencia tarifaria del cargo por impuesto a los Ingresos Brutos que afecta a la Distribuidora. Se calcula aplicando las alícuotas vigentes sobre la sumatoria de los montos contenidos en la factura correspondientes a: Cargo Fijo, Cargo por m3, Impuesto Ley 25.413, Impuesto s/Ingresos Brutos Transporte.
De acuerdo a la Resol.ENRG N° 4313/17 y 4325/17 el cargo por reconexión para medidor <= a 10m3./hs. es de $ 350 + impuestos y para medidores >= a 10m3/hs. es de $ 650 + impuestos
EL plazo para la reapertura de llave de un corte por falta de pago es dentro de las 24hs hábiles de cancelada la deuda. En ese plazo, recibirá la visita de la contratista, en caso de no encontrar moradores en el domicilio se dejará un aviso para que Ud se comunique al Centro de Atencion Telefonica y se genere una nueva "orden de visita". "EL plazo para reapertura de un corte por otras causas no vinculadas a la seguridad opera dentro de las 72hs hábiles de emitida la orden. En ese plazo recibirá la visita de un operario, en caso de no encontrar moradores en el domicilio se dejará aviso para Ud se comunique al Centro de Atención Telefónica y se genere una nueva "orden de visita".
La primera visita se realiza en el plazo fijado según el motivo (falta de pago u otra causa) en el caso de no encontrar moradores en el domicilio se dejara un aviso para que Ud se comunica a nuestro Centro de Atención Telefónica y se genere una nueva orden de visita, pudiendo coordinarse una franja horaria más conveniente.
Se puede abonar con Tarjeta de Crédito Visa a través de la página oficial de Visa Argentina http://www.visa.com.ar/ - Instructivo: Clic aquí [102 Kb.] o telefónicamente al 0810-666-7700.
Debe llamar a nuestro Centro de Atención Telefónica. Contar con los comprobantes en mano ya que se solicitaran algunos datos. Una vez realizado el trámite se descontará de la siguiente factura a emitir.
Si su medidor no se encuentra accesible para la toma de lectura, Ud. puede tener conocimiento de las fechas de cronograma y proporcionar la lectura de su medidor a través de nuestro Centro de Atención Telefónica o nuestra página Web www.ecogas.com.ar De acuerdo al Reglamento de Servicio art. 14 h, ante imposibilidad de lectura del medidor la empresa está facultada para realizar una estimación de consumo, teniendo en cuenta el consumo realizado en el mismo período del año anterior. Si desea conocer mas sobre el Reglamento de Servicio haga click aquí.
Verificar que su consumo de la factura actual guarda relación con el mismo consumo realizado en el año anterior (consultar factura mismo periodo). Verificar la no existencia de pérdida en el domicilio: para ello deberá contratar un gasista matriculado quien realizará una revisión de artefactos y cañería. Luego verificar el valor del m3, tener en cuenta que el mismo varía según la categoría tarifaria, Consulte aquí cuadros tarifarios vigentes. Por último, constatar en el gabinete de gas que la lectura del medidor es superior a la que figura en la factura en cuestión.
La categoría tarifaria se determina de acuerdo al consumo efectuado en el último año móvil, considerando el consumo del periodo actual más los cinco períodos anteriores, en el caso de facturación bimestral y el último periodo facturado mas los once anteriores, en caso de facturación mensual. Luego, el consumo anual se ubica dentro de los umbrales de consumo que define cada categoría tarifaria. Para consultar categoría presione Clic aquí [31 Kb.]. Tener en cuenta que la categoría tarifaria puede sufrir modificaciones de acuerdo a cambios en su perfil de consumo.
Previamente verifique visualmente si la llave de paso de su instalación se encuentra abierta y/o constatar la existencia de algun elemento de corte (precinto) y aviso de corte. Si el inconveniente se debe a un corte por falta de pago deberá comunicarse con nuestro Centro de Atención Telefónica de lunes a viernes de 8 a 18 hs. Si la falta de suministro o caudal insuficiente comuníquese a nuestro Centro de Atención Telefónica las 24 hs. los 365 días de año.
¿Como registro el consumo de gas? - Solo necesitamos que registres la lectura actual de tu medidor y la envíes mediante el formulario online. - Debes estar registrado en nuestro sitio.