En este caso, como cliente deberás abonar todos los comprobantes vencidos adeudados a la fecha. Para ello deberás concurrir a las siguientes entidades recaudadoras habilitadas a tal fin: Rapipago y Pago Fácil.
Posteriormente a la cancelación de la deuda, cuando el pago se haya procesado, se generará de manera automática la reapertura del suministro.
En tal sentido y con la finalidad de evitar demoras, sugerimos por razones de seguridad que en el horario comprendido entre las 8:00 a 20:00 hs del día siguiente al pago se encuentren en el inmueble moradores mayores de edad a fin de que pueda hacerse efectiva la reconexión del servicio y proceda a autorizar el diferimiento del cobro del cargo por reconexión a la factura siguiente que se emita al cliente. De lo contrario el servicio permanecerá suspendido, debiendo el cliente solicitar una nueva visita comunicándose hasta las 18:00 hs. con nuestro Centro de Atención Telefónica.
Es importante aclarar que en caso de que la reconexión de servicio no se solicite dentro de los 365 días siguientes a la fecha de cierre de llave de paso, requerirá de la intervención de un Instalador Matriculado (*). El instalador matriculado es responsable por los trabajos realizados en los términos de la normativa vigente.
Este trámite lo podrás realizar también a través de nuestro Centro de Atención Telefónica 0810-999-8000, o bien a nuestra dirección de correo electrónico clientescuyo@ecogas.com.ar.
(*) Instalador Matriculado: Persona habilitada para la ejecución, habilitación y/o modificación de Obras Internas (debe exhibir credencial actualizada antes de contratar el trabajo) en los términos de las Normas Mínimas para Ejecución de Instalaciones Domiciliarias de Gas (NAG 200). El Instalador Matriculado es un profesional independiente que no posee relación de dependencia con ECOGAS.
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